La mujer moderna y sus derechos es un libro publicado
por la periodista y masona Carmen de Burgos en 1927. Se trata de un libro que
aparentemente compila una buena cantidad de su obra anterior, aparecida en
otros formatos, a los que la autora dotó de homogeneidad y un hilo conductor, y
que editó con mimo. En las reseñas autora y libros son saludados como un
precursor adelantado a su tiempo de El segundo sexo y Simone de Beauvoir.
El libro tiene un aspecto decididamente compilatorio, tanto en la recogida de
elementos que afectan a la mujer y al feminismo como en la bibliografía o literatura
que la autora menciona en el texto, y que la cuidada edición de Mercedes Gómez-Blesa
describe en continuas notas al pie, no muy extensas, muy efectivas e
instructivas. El esfuerzo analítico de la situación histórica y de su tiempo de
los derechos de la mujer abarca no pocos aspectos: el origen del feminismo y el
estudio de las diferencias entre hombre y mujer, el derecho a la cultura, al
trabajo, los derechos militares y políticos, y la situación de la mujer
respecto al matrimonio y la familia.
En algunos de ellos es francamente sorprendente la
actualidad de argumentos e ideas de Carmen de Burgos. Uno de los mejores
ejemplos es la prostitución, donde se describe el debate entre abolicionismo,
reglamentación y alegalidad con las mismas ventajas y desventajas de hoy, si
bien con condicionantes morales de diferente matiz debidos a las épocas, con el
foco en la desaparición de la barraganería como causa del aumento de la
prostitución -hoy un factor olvidado que probablemente no apreciaríamos como
positivo-, y una sorpresa: como toda feminista de su tiempo y
anteriores, pero probablemente como todo y toda humanista de aquellos años, la
confianza es total en la educación para resolver el problema. Hoy sabemos que,
siendo un factor imprescindible en su resolución, parece no ser el componente
único de la receta. En lo que sí es coincidente el análisis de ambas épocas es
en la necesidad de acabar con la trata. Y no lejos de este tema se encuentra la
alusión probablemente pionera (si bien no es un tema en que profundice) a la
violencia de género y a la incomprensión del Poder Judicial masculino hacia la
mujer en los juicios de asesinatos pasionales.
Escribiendo en 1927 es lógico que determinadas categorías
actuales de la lucha feminista estén superadas. Hoy escribimos y pensamos tras
varias revoluciones feministas posteriores, y nos resulta difícil aceptar que
sean las disputas por amor las desencadenantes de las discriminaciones, que
llamemos pasionales a los crímenes de hombres contra mujeres, o que éstas
necesariamente tengan una querencia natural a dedicarse a la casa y sus tareas.
A Carmen de Burgos le falta naturalmente la filosofía existencialista y
estructuralista que permitiría subrayar las relaciones de poder subyacentes a
estos conceptos. Pero no es que se aleje excesivamente; en parte, su apelación
al marxismo en las largas páginas dedicadas al derecho al trabajo de las
mujeres lo demuestran. Pero, en general, el libro por momentos opta más por la
recopilación de situaciones y pensamientos que afecta a la mujer en su tiempo,
más que a una conceptualización filosófica profunda y propia (la referencia
acrítica a Henry Ford muestra esto, aunque es un tópico aún de nuestros días).
A Carmen de Burgos le interesa mucho la recogida de leyes,
situaciones y consideraciones negativas de la mujer a ser rebatidas en su
concepción discriminatoria por ejemplos históricos (algo más laxos en su
demostración) y de su tiempo (donde el soporte documental es amplio). Los
derechos del trabajo y familiares son en este sentido estudiados de manera
exhaustiva, e incluyen incluso páginas de escritores masculinos que apoyaban o
no alguna de sus causas (dos de sus mayores intereses de lucha, el divorcio y el
voto femenino, son ejemplos de esto). Son elementos que lastran el estilo
literario acercando el texto a lo enciclopédico, pero que dan idea de que de
Burgos tenía una causa principal antes que la literatura. En ocasiones el tono
tiene cierta neutralidad algo exasperante (los derechos religiosos), y en otros
su método de demostración de capacidad femenina entra en terrenos conflictivos
cuando no contradictorios (los derechos bélicos). A veces los hallazgos luminosos
son sorprendentes y al no profundizarse parecen encuentros felices que
probablemente le generaban dudas. Un ejemplo estupendo es la reivindicación de
la belleza nueva de las mujeres deportistas, combatiendo así el argumento de
que el deporte estropea a las mujeres, o, por su lado, el anuncio de
manera pionera de una emancipación empoderadora del canon de belleza en un
capítulo dedicado a la moda que es probablemente de los más inesperados y
significativos de la visión amplia de la autora.
La comparación con Beauvoir se antoja algo excesiva pero sin duda La mujer moderna y sus derechos merecería mejor lugar en la literatura feminista universal. Probablemente su papel como activista haya sido minimizado por su país de origen y la propia historia inminente del mismo. Carmen de Burgos vivió para ver implantado el sufragio femenino universal durante la Segunda República Española, aunque no el divorcio, ya que murió en 1932.
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